La Zona de Protección Hidrológica Tapagra forma parte del
Sistema Nacional de Áreas Protegidas, creada mediante la Resolución de Junta
Directiva No. 022-93 (del 14 de abril de 1993, Gaceta 22288) en la zona boscosa alta
de las Montañuelas de Tapagra en el distrito de Chepo.
Toma de agua comunitaria. Foto: C. Gómez |
La resolución No. 022-93, en el Artículo 2, establece los objetivos por la que fue
creada esta reserva hidrológica:
ü Conservar la producción
hídrica en cantidad y calidad adecuada para las actividades humanas y
productivas de la región.
ü Conservar los cursos de
agua que hacen posible el desarrollo agrícola y pecuario de las tierras
ubicadas aguas debajo de la Zona de Protección.
ü Mantener la diversidad
ecológica y regulación ambiental.
ü Conservar los recursos
genéticos.
ü Controlar la erosión,
el sedimento y proteger las inversiones regionales de los estragos de la
escasez aguda de agua y la severidad de las inundaciones.
ü Proteger la belleza
paisajística y las áreas verdes.
ü Estimular el uso
racional de las tierras marginales y desarrollo rural local.
En el artículo 4, se estipula el ejercer un control cuidadoso desarrollándose acciones de manejo y
protección de los recursos naturales renovables, que aseguren la producción de
agua en volumen y calidad adecuada para las actividades doméstica y de
producción de agua en volumen y calidad adecuada para las actividades
domésticas y de producción en la región.
En su artículo 5, determina que queda terminantemente prohibido la tala. Las actividades agrícolas y
pecuarias serán realizadas de acuerdo a un plan de manejo. Dentro de los
límites sólo podrán desarrollarse
actividades tendientes a asegurar la conservación de los suelos, el incremento
de la cobertura forestal y la protección de los recursos hídricos.
Muy bueno tu contenido, me ayudo mucho aunque le falta como es la fauna y flora de ese lugar
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